Maestranza Consultores, como punto de apoyo al emprendedor, facilita los servicios para la tramitación telemática de la constitución de Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (SLFS).
Con el fin de potenciar la creación de empleo y facilitar el acceso a la creación de sociedades, dentro del marco de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, aparece una nueva figura, cuyo régimen es el mismo que se aplica a la Sociedad de Responsabilidad Limitada (en adelante SRL), esta nueva figura es la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva (en adelante SLFS).
La SLFS se caracteriza principalmente por eliminar la obligación de la SRL de constituirse con una capital social inicial, mínimo de 3000.-€, siempre y cuando:
- La sociedad reserve al menos el 20% del beneficio del ejercicio.
- La sociedad podrá repartir dividendos una vez cubiertas las atenciones legales o estatutarias, siempre y cuando el patrimonio final del ejercicio no sea inferior al 60% del capital legal mínimo de 3000€.
- La suma anual de las retribuciones satisfechas a los socios no podrá exceder del 20% del patrimonio neto del ejercicio correspondiente.
- Si fuese necesario realizar una liquidación de la sociedad, si el patrimonio de la sociedad fuese inferior al mínimo legal establecido para la SRL de 3000€, los socios responderán solidariamente del capital social mínimo mencionado anteriormente.
- No será necesario que los socios justifiquen la disponibilidad de la aportación que les corresponda para cubrir el capital social de 3000€ en el momento de la constitución
- Por otra parte, a la hora de redactar la escritura de constitución de la sociedad, será obligatorio, y responsabilidad del notario, especificar en dicha escritura la acogida de la sociedad a este régimen especial de la SLFS.
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